En esa escenificación de su giro a la izquierda, Sánchez ha anunciado un impuesto extraordinario a la banca y a las eléctricas. Lo fundamenta en que ambos sectores han obtenido beneficios extraordinarios. Es curioso. El populismo olvida que las sociedades propiamente no delinquen ni se enriquecen, que son entidades interpuestas, y que sus beneficios siempre terminan en personas físicas, ejecutivos y accionistas.

Atacar a los bancos tiene buena prensa; a los ejecutivos y accionistas, no tanto. Por eso Sánchez nunca abordará una reforma del IRPF para fusionar en una misma tarifa las rentas de capital (provengan o no de la banca) y las de trabajo, y establecer nuevos tramos con tipos marginales mucho más elevados en los que estuviesen incluidas las rentas escandalosas de los altos ejecutivos (sean o no del sector bancario).

La banca, como Hacienda, somos todos. Parece un desvarío, pero de desvarío tiene muy poco. La importancia económica de las entidades financieras es de tal calibre que sus peripecias terminan impactando en toda la sociedad y por consiguiente en el erario público. Solo hay que recordar la historia, por ejemplo, desde 1980, para constatar cómo el Estado ha tenido que salir en múltiples ocasiones en auxilio de los bancos, por las implicaciones que su quiebra tenía para toda la economía.

Pero es esa característica especial de las entidades financieras la que exige que se las someta a un control muy especial del Estado. En tiempos lejanos, la izquierda no planteaba aplicarles un impuesto extraordinario, sino su nacionalización. Quizás en tiempos no tan lejanos, puesto que Miguel Boyer en 1976, en la escuela de verano del PSOE, defendía la nacionalización de la banca.

El franquismo, como régimen intervencionista que era, propició que una parte de las entidades financieras fuesen públicas, a las se denominó banca oficial. Además, en el resto de las entidades, el Gobierno establecía los tipos de interés que debían aplicar y, mediante los coeficientes de inversión y solvencia, determinaba qué porcentaje de los activos tenían que dirigirse hacia uno u otro sector de la economía, incluso qué porcentaje debía materializarse en deuda pública.

La liberalización financiera acompañó a la Transición. Se mantuvo, por supuesto, la necesidad de que las entidades financieras estuviesen sometidas a una normativa especial y a una supervisión y control estrictos por parte del Banco de España, fundamentalmente en lo relativo a la solvencia.

Al mismo tiempo, perduraron junto a la banca privada, unas entidades financieras públicas y otras que, aunque no tenían este carácter, tampoco se puede decir que fuesen privadas, ya que sus órganos directivos se entregaron en buena medida a la clase política y a los estamentos sindicales y empresariales de las Comunidades Autónomas y Corporaciones locales, lo que constituyó un grave error. Las públicas con el tiempo entraron en un proceso de fusiones cuyo final fue la privatización.

A su vez, a lo largo de todos estos años la supervisión y el control del Banco de España han dejado mucho que desear, puesto que las crisis bancarias se han sucedido con graves consecuencias para la economía y para el erario público. El proceso ha sido siempre el mismo o parecido. Intervención por parte del Estado de la empresa dañada y posterior privatización una vez saneada. El último ejemplo y en tiempos recientes, Bankia.

En concreto la crisis de 2007 constituye un buen ejemplo de los fallos de la inspección del Banco de España y del control de los gobiernos de Zapatero y Aznar. Significó la casi total desaparición de las Cajas de Ahorro y cuantiosas pérdidas para las entidades que sobrevivieron, así como la utilización de ingentes recursos públicos con el correspondiente incremento de la deuda. Es cierto que habría existido una solución más equitativa, la de repartir las pérdidas entre los bancos deudores (los españoles) y los acreedores (alemanes, franceses, holandeses, etc.), pero en Europa manda quien manda.

Las entidades financieras que sobrevivieron alimentaron importantes insolvencias que no pudieron deducir del impuesto de sociedades en los ejercicios en los que se generaron al no tener ingresos suficientes y que se fueron acumulando en el balance como activos frente a la Hacienda Pública. Son los llamados créditos fiscales, conocidos como DTA, por sus siglas en inglés (deferred tax assets).

Los DTA existen no solo en las entidades financieras, también en las eléctricas y en otra serie de empresas. Pero son los bancos los que han acumulado en sus balances una cantidad mayor de estos activos. En los momentos actuales se estima que aún mantienen más de 65.000 millones de euros. Tales cantidades amenazaban con vaciar de contenido la recaudación del impuesto de sociedades, de manera que, en 2016, con buen criterio, el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro limitó al 25% de la base imponible la cantidad que las empresas podían deducir por este concepto, con lo que la banca necesitará de 15 a 20 años para recuperar fiscalmente los créditos acumulados.

Quizás lo que no sea demasiado conocido es que para que los DTA que las entidades financieras mantienen en el balance, computasen a efectos de cumplir los criterios de solvencia, Europa exigió que fuesen avalados por el Estado.

Todo lo dicho hasta el momento da buena idea de hasta qué punto la situación económica de la banca está ligada a la economía nacional e, incluso, a partir de la unidad bancaria, a la europea. Son esta integración y esta dependencia las que exigen suma prudencia a la hora de actuar en este sector. Entrar como elefante en una cacharrería podría tener efectos bastante negativos.

El Gobierno pretende justificar el impuesto que ahora introduce en la suposición de que la inflación beneficia a los bancos. Pero establecer en cada momento a quién perjudica o favorece la subida de precios no es tarea fácil, ya que depende de muchas variables y de la decisión de múltiples agentes. Es lo que pretendía explicar en el artículo publicado el 14 de octubre de 2021 en este mismo diario digital titulado “La inflación, ¿el impuesto de los pobres?”.  Señalaba en ese artículo que en realidad no existe una inflación, sino el incremento desigual de una multitud de precios, incluyendo entre ellos los tipos de interés y los salarios. La ganancia o la pérdida dependerán de cómo evolucionen, de la relación entre ellos, es decir, de los precios relativos.

Hay sin embargo algo que se puede afirmar de manera inmediata. Al reducirse el valor de la moneda, la inflación perjudica a los acreedores y beneficia a los deudores. En este aspecto patrimonial no parece que las entidades financieras salgan favorecidas o damnificadas significativamente al ser similares sus activos y sus pasivos.

En cuanto a la cuenta de resultados, es previsible desde luego que se incrementen sus ingresos como consecuencia del aumento de los tipos de interés de los créditos, pero también sería lógico que, como en otros momentos, comenzase una guerra entre los propios bancos por el pasivo, con el consiguiente incremento de la retribución de este y de los depósitos. En principio no tendría por qué generarse ninguna ganancia extraordinaria. Desde la óptica del crédito y de los tipos de interés, no es ahora cuando se produce una situación insólita, sino en la época anterior. Lo notable radica más bien en que el tipo de interés sea negativo, y en que el acreedor pague por prestar, tal como ocurría en los últimos tiempos.

El Gobierno más bien que de crear un impuesto a la banca debería ocuparse de que funcione la competencia entre las entidades financieras. Si esta se diera, con toda probabilidad las subidas de tipos de interés se trasladarían a los depositantes y demás acreedores.

De lo que no cabe ninguna duda es que el impuesto anunciado a bombo y platillo como una gran medida de política social se repercutirá a los clientes. Es el colmo de la ingenuidad, de la estupidez o del embuste, pretender impedir por ley la transmisión del gravamen. Actualmente la actividad bancaria resulta extremadamente compleja y las entidades tienen múltiples medios de trasladar a los clientes sus cargas, sin que se pueda probar lo contrario, diga lo que diga la normativa. Es como poner puertas al campo.

El Gobierno representa una comedia pletórica de hipocresía. La proposición de ley establece una tabla de sanciones que todos sabemos que no se podrá aplicar por la imposibilidad de probar cuándo se ha repercutido o no el impuesto. En ese intento de enfangar a las instituciones la proposición de ley encomienda a la Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia y al Banco de España el cumplimiento de la norma, la vigilancia de un objetivo vaporoso e imposible de comprobar.

La banca cuenta, además, con un mecanismo automático de transmisión del tributo. Solo tiene que no hacer nada. En  la actualidad lo extraordinario se encuentra en las condiciones que rodean todo tipo de depósitos bancarios, a los que apenas se retribuye, y en el hecho de que las entidades financieras cobren comisiones elevadas por el mero mantenimiento de las cuentas corrientes. Estas circunstancias eran debidas hasta ahora, a una situación excepcional, a la existencia de tipos negativos de interés y a que el BCE cobrase a los bancos por las cantidades que tenían depositadas en esa institución.

Es lógico suponer que con el cambio de política por parte del BCE las entidades financieras, en su afán por atraer clientes, trasladasen la subida de tipos a los depositantes y cuentacorrentistas, bien por una retribución mayor bien por una menor comisión. La cosa cambia ante el nuevo impuesto. No parece desatinado pensar también que teniendo en cuenta el gravamen la banca no realice tal traslación, con lo que este tributo se convierta en uno de los más regresivos, ya que afectará a millones y millones de personas, a eso que llama Sánchez la clase media trabajadora (y a las clases bajas, añado yo, que Sánchez no contempla) que tienen cuentas corrientes abiertas en los bancos.

Cabría pensar que, si la causa del impuesto se encuentra en un supuesto beneficio extraordinario, este concepto se tomase como base imponible. ¿Pero cómo determinarlo?, ¿cómo separarlo del beneficio ordinario? Ante esta imposibilidad el Gobierno tira por la calle de en medio y establece gravar los tipos de interés y las comisiones de los créditos, con lo que, amén de una cierta incongruencia, se facilita aún más el camino para la transmisión.

La única forma de tener éxito en el cometido de evitar que la banca repercuta el impuesto a los clientes es retornando a un régimen de intervención del sistema financiero parecido al del franquismo o al de alguna república bananera. Pero no creo yo que se encamine por ahí el Gobierno. Por lo menos por ahora. Aunque, cuando se oye eso de diez años de pena de cárcel, se comienza a dudar de todo.

Tampoco se entiende muy bien el porqué de la discriminación en el tamaño de las entidades financieras, gravando a unas y no a otras. Existe una distorsión en ciertos políticos y en la opinión pública en general mediante la que se pretende aplicar criterios de las personas físicas a las personas jurídicas. En estas últimas el tamaño no es señal ni de riqueza ni de prosperidad ni de mayores beneficios. Esta segregación fiscal dentro de un sector puede introducir distorsiones, sobre todo en el ámbito de la competencia.

El impuesto que plantea el Gobierno se mueve en un terreno pantanoso. Primero con Europa. Conviene señalar que el BCE considera el sistema financiero europeo como su predio. Ya se opuso en 2019 a un tributo similar sobre la banca que pretendía imponer Lituania. Ciertamente las circunstancias son distintas y España no es Lituania, pero no creo que la medida vaya a llenar de satisfacción al instituto emisor. Segundo, el sector ya ha manifestado que piensa recurrir el impuesto. Veremos cómo reaccionan los tribunales. Puede haber problemas jurídicos en cuanto a la forma exprés de aprobarlo, dudosa retroactividad y su construcción chapucera.

Si lo que quería el Gobierno era incrementar la recaudación a costa de la banca quizás tenía un sistema más discreto y menos estridente que crear un impuesto nuevo, extraordinario y particular. Podría simplemente haber establecido que en dos o tres años los créditos fiscales no fuesen deducibles del impuesto de sociedades. Aunque pensándolo bien, lo que quería Sánchez era lo contrario, la notoriedad, la publicidad, declarar a bombo y platillo que él se enfrenta a los poderes económicos en aras de salvar a la clase media trabajadora.

Solo faltaría que al final del proceso los tribunales tumbasen el impuesto y obligasen a devolver el dinero a la banca, después de haber sido los depositantes y demás clientes los que hubiesen soportado en realidad el gravamen.

republica.com 4-8-2022