Podemos, Esquerra y Bildu han presentado una enmienda conjunta a la ley de presupuestos, destinada a suspender hasta 2023 los desahucios de las familias en situación de vulnerabilidad. Según manifestaron en rueda de prensa, su finalidad es presionar al PSOE. Quien, como de costumbre, ha manifestado de forma más expresiva pero también más impertinente el sentido que se pretendía dar al acto ha sido Rufián: “Aquí está la anti España defendiendo derechos fundamentales”.

Comienzo por preguntarme por qué no ir más allá, y legalizar y legitimar la ocupación de cualquier vivienda en caso de insuficiencia económica. Además, la vulnerabilidad no termina en la vivienda. Ni termina ni empieza. Hay otras muchas necesidades y quizás más primarias. ¿Por qué no introducir en la ley una enmienda que legalice todo hurto o robo cometido por una familia en situación de pobreza? Sería legal que los indigentes entrasen en los supermercados, en los grandes almacenes y en cualquier tienda, incluso en domicilios particulares, y se apropiasen libremente de lo que necesitasen para solucionar su problema. No hablo solo de que no sea delito o eximente -lo cual ya está previsto-, sino de que sea legal y todo el mundo en esas circunstancias económicas pudiera hacerlo con toda tranquilidad, a la luz del día y sin que nadie les molestase, como si se tratase de ejercer un derecho.

Se me dirá que exagero. Es posible, pero no parece que sea más equitativo hacer recaer sobre los miles y miles de pequeños arrendadores el coste de ayudar a las familias en situación de indigencia que sobre los dueños de comercios de todo tipo o sobre cualquier otro ciudadano. Se aducirá también que este planteamiento nos arrastraría al caos. Puede ser verdad, pero el caos jurídico se instaura ya cuando se propicia el incumplimiento de los contratos (pacta sunt servanda) y se hacen incidir sobre personas particulares, de forma aleatoria, las cargas que debe asumir el Estado.

Es cierto que el artículo 47 de la Constitución estipula que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, pero son los poderes públicos y no los ciudadanos los que están obligados a proporcionarla a aquellos que no pueden obtenerla por sus medios, y repercutir este coste social -como todos los demás gastos públicos- sobre todos los contribuyentes de acuerdo con su capacidad económica, mediante impuestos progresivos. Resulta injusto que se haga de manera caprichosa sobre un solo colectivo y a modo de mera lotería. Hacer que los arrendadores soporten la carga es como si el derecho a la sanidad gratuita tuviera que ser sufragado por los médicos, o el derecho a la educación, por los maestros.

Son los poderes públicos los que deben garantizar la totalidad de la política social, y por ende una vivienda adecuada a quienes carecen de medios económicos. Tienen instrumentos para ello, bien facilitando una solución habitacional alternativa, bien haciéndose cargo directamente del pago del alquiler u otro procedimiento parecido. Por ahí es por donde debía haber ido la enmienda. Un Estado que abdica de sus obligaciones y pretende trasladarlas de forma casual a un grupo de ciudadanos concretos es un Estado fallido. En la anarquía, sin Estado de derecho, malamente puede darse el Estado social.

Si se aprobase la enmienda, el resultado sería equivalente en el fondo a establecer sin justificación un impuesto a un colectivo determinado, el de aquellos arrendadores cuyos inquilinos no les pagan el alquiler, y a los que se ata las manos para poder recurrir jurídicamente. Es un impuesto porque se les hace asumir el gasto que debería financiar el Estado. El contenido de esta enmienda parece contradictorio con el hecho de que los autores hayan aceptado la inconveniencia de elevar los tributos durante la pandemia.

El problema es ciertamente legal, de justicia, de distribuir adecuadamente el coste de la política social, haciéndolo repercutir de forma generalizada sobre todos los ciudadanos en función de su capacidad económica; pero también es una cuestión de eficacia: conseguir adecuadamente los objetivos sociales que se dice querer alcanzar, y no los contrarios, que es lo que paradójicamente va a suceder con la enmienda propuesta. El Estado debe ser social; el mercado no suele serlo, no se rige precisamente por esos valores. Cuando se le violenta y se pretende que los adopte por la fuerza, el resultado puede acabar siendo nefasto.

El mercado del alquiler en España, a pesar de las voces interesadas en hablar continuamente de los fondos buitres, está muy atomizado. Más del 95% de los arrendadores son personas individuales, pequeños propietarios, la mayoría de clase media, y de mentalidad muy conservadora, no quieren riesgos. Este colectivo en buena medida ha canalizado sus ahorros al mercado inmobiliario porque lo considera mucho más seguro que el de los activos financieros; y sus miembros están dispuestos a salirse de él en cuanto vislumbren que el riesgo aumenta.

Muchos consideran que padecen ya indefensión y que se encuentran en una posición de inferioridad frente al arrendatario, que puede impunemente (no solo por indigencia) dejar de pagar el alquiler. Su única arma es el desahucio. Desahucio que suele dilatarse en el tiempo y que, cuando al final se logra, el piso suele presentar considerables desperfectos, a lo que hay que añadir a menudo deudas en suministros. Y, desde luego, en raras ocasiones se recuperan las rentas dejadas de ingresar. La estigmatización de los desahucios y enmiendas como estas incrementan su intranquilidad, y la posibilidad de que se retiren del mercado.

Tales políticas, encaminadas teóricamente a defender a los inquilinos, pueden terminar perjudicándolos, pues provocarán una reducción de la oferta con la consiguiente elevación del precio o, lo que es aún peor, que los arrendadores adopten medidas muy selectivas a la hora de alquilar. Se expulsará así del mercado a los más vulnerables (emigrantes, parados y precarios con riesgo de desempleo, familias con hijos pequeños o con ancianos, etc.), precisamente aquellos a los que se dice querer proteger. Este colectivo, ante la duda de los posibles arrendadores acerca de si van a poder hacer frente al pago de la renta y la sospecha de que en caso de conflicto va a ser mucho más arduo el desalojo, tendrá enormes dificultades para encontrar quien esté dispuesto a alquilarles una vivienda. El resultado será el contrario al que teóricamente se pretendía.

Algo similar puede ocurrir con las entidades financieras. Al margen de la opinión que se tenga de los bancos, el caso es que ante la imposibilidad de llevar a cabo desahucios su reacción será similar  a la de los arrendadores. Endurecerán las condiciones de las hipotecas, y en especial negarán su concesión a muchos más demandantes, a todos aquellos que presenten la más mínima probabilidad de resultar en el futuro insolventes, es decir, a los colectivos más vulnerables.

Rufián en la rueda de prensa afirmó que allí estaba la anti España defendiendo los derechos fundamentales. Allá ellos si se denominan así. En realidad, no sé lo que quieren indicar con este apelativo. Lo que sí parece cierto es que los tres tenores que dieron la rueda de prensa se confiesan y actúan como detractores del Estado español, y partidarios de su disgregación. En la rueda de prensa estaban presentes Jaume Assen, de en Comú Podem y persona de total confianza de Colau; Rufián, de Esquerra Republicana y Arkaitz Rodríguez de Bildu, los tres defensores de la autodeterminación de todas las regiones y, lo que más grave, valedores y legitimadores del golpe de Estado. Quien está en contra del Estado de derecho difícilmente se puede titular después paladín del Estado social.

La enmienda no defiende los derechos fundamentales, más bien lo que hace es reconocer el fracaso de un gobierno (al que los tres de una o de otra forma pertenecen, o al menos apoyan) que se declara incapaz de afrontar el problema de las familias en situación de vulnerabilidad y cifra su solución en el expolio de un grupo particular de ciudadanos que no pertenecen precisamente a las clases más pudientes.

Si la pretensión de la enmienda era proteger el derecho a la vivienda de los indigentes tendría que haberse orientado por otros derroteros: decretar la obligación del Estado de ofrecer una vivienda alternativa o asumir el pago del alquiler, y reclamar al mismo tiempo el establecimiento de una partida presupuestaria para atender tal contingencia. Es en este terreno donde podría hablarse de la cuestión de decencia a la que se refería Rufián y no en el de la propuesta realizada.

Hay que preguntarse, por tanto, si la finalidad última no es otra muy distinta, introducir ruido en el sistema, debilitar al Estado. Porque un Estado que para asegurar los derechos de unos ciudadanos no respeta los de otros, que quebranta la seguridad jurídica, es un Estado resquebrajado, anárquico. Camina a la descomposición. Pero, tal vez sea este el desiderátum de los tres tenores.

Republica.com 27-11- 2020